Requisitos, costes y licencia de apertura para peluquería / estética en Alicante/Alacant

Alicante · Comunitat Valenciana · Actualizado el 30 de octubre de 2026 · Información orientativa: confirma siempre con el Ayuntamiento de Alicante/Alacant.

Respuesta rápida

Para abrir peluquería / estética en Alicante/Alacant lo habitual es una declaración responsable de actividad ante el Ayuntamiento de Alicante/Alacant, con memoria técnica descriptiva: no requiere proyecto visado y permite abrir al presentarla, con comprobación posterior del ayuntamiento. La inversión orientativa va de 10.000 € a 79.900 € y el plazo habitual es de 6 a 10 semanas.

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Tipo de licencia

Actividad inocua (declaración responsable)

Inversión estimada

10.000 € – 79.900 € según escenario

Plazo habitual

6 a 10 semanas

Riesgo de incendio

bajo

Requisitos técnicos de la licencia para peluquería / estética

Valores de referencia para un local tipo de ≈ 55 m²: el técnico los ajusta a tu local concreto.

Requisitos técnicos y normativa aplicable · Peluquería / estética
Requisito técnicoQué se exigeFundamento
ClasificaciónActividad inocua: Declaración responsable de actividadLey 12/2012 y normativa autonómica de actividades
Extintores portátilesEficacia mínima 21A-113B, en cada planta y de modo que ningún origen de evacuación quede a más de 15 m de recorrido (≥ 2 ud.). En cocina: además extintor de CO₂ o clase F.CTE DB-SI 4, tabla 1.1
Instalación eléctricaMemoria técnica de diseño + boletín de instalador autorizado. Potencia simultánea orientativa de 8.1 kW para 55 m²: 9,2 kW contratados (2.0TD).REBT, RD 842/2002 (ITC-BT-04)
VentilaciónAforo 18 personas × 8 dm³/s·persona = 144 dm³/s (518 m³/h) de aire exterior. Ventilación natural cruzada admisible si los huecos practicables garantizan el caudal; en otro caso, ventilación mecánica.RITE, RD 1027/2007 (IT 1.1.4.2)
AcústicaNivel interior estimado ≈ 63 dB(A). Objetivo de imisión: < 55 dB(A) en el exterior (colindancia con la vía pública) y < 40 dB(A) en el interior de las dependencias colindantes. Aislamiento a ruido aéreo mínimo estimado ≈ 23 dBA en la envolvente y elementos de separación (CTE DB-HR; la ordenanza municipal puede ser más estricta).CTE DB-HR y RD 1367/2007
AccesibilidadItinerario accesible desde la calle, puertas de paso libre ≥ 0,80 m y aseo adaptado con círculo de giro de 1,50 m cuando proceda.CTE DB-SUA
Residuo 15 01 10*Envases de tintes y productos químicos con restos peligrosos (peligroso). Entrega a gestor autorizado con documento de identificación.Ley 7/2022 y Orden MAM/304/2002
Residuo 20 01 29*Detergentes y productos de limpieza con sustancias peligrosas (peligroso). Entrega a gestor autorizado con documento de identificación.Ley 7/2022 y Orden MAM/304/2002
Residuo 18 01 03*Residuos sanitarios de estética (agujas, material infeccioso, si procede) (peligroso). Entrega a gestor autorizado con documento de identificación.Ley 7/2022 y Orden MAM/304/2002
Residuo 15 01 01Envases de papel y cartón. Contenedor de recogida selectiva o gestor.Ley 7/2022 y Orden MAM/304/2002
Residuo 15 01 02Envases de plástico. Contenedor de recogida selectiva o gestor.Ley 7/2022 y Orden MAM/304/2002

Costes y aranceles de la licencia en Alicante/Alacant

Costes de legalización e inversión orientativa · Alicante/Alacant
ConceptoImporte orientativoObservaciones
Memoria técnica de la actividad400 € – 800 €Horquilla de mercado para superficies habituales; pide presupuesto cerrado.
Tasa municipal de licencia o declaración responsableLa fija la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Alicante/AlacantNo se publica una cifra sin fuente: consúltala en la sede electrónica del ayuntamiento.
A · Traspaso10.000 € – 20.000 €Inversión total del proyecto para ≈ 55 m² (escenario A)
B · Reforma media23.300 € – 40.000 €Inversión total del proyecto para ≈ 55 m² (escenario B)
C · Obra completa50.000 € – 79.900 €Inversión total del proyecto para ≈ 55 m² (escenario C)

Plazos de tramitación

Una actividad inocua como peluquería / estética suele tardar entre 6 y 10 semanas, porque normalmente basta una declaración responsable con memoria técnica. Confirma con el Ayuntamiento de Alicante/Alacant si tu caso exige licencia previa.

Calendario orientativo de apertura
FasePlazoDetalle
Local, contrato y memoria técnica1–2 semanasInforme urbanístico, contrato de alquiler y memoria de la actividad.
Obra completa e instalaciones4–6 semanasLocal en bruto: albañilería, instalaciones y equipamiento.
Declaración responsable y altas1–2 semanasDeclaración responsable, 036/037, RETA, seguros y TPV.

Documentación que suele pedir el ayuntamiento

  • ☐ Modelo normalizado de declaración responsable
  • ☐ Memoria técnica firmada por técnico competente
  • ☐ Planos de situación y distribución
  • ☐ Justificante de pago de la tasa urbanística
  • ☐ Certificado final de obra e instalaciones (si hubo obras)
  • ☐ Boletín de la instalación eléctrica (CIE) y revisión de extintores
  • ☐ Alta censal y epígrafe del IAE (Modelo 036/037)
  • ☐ Título de ocupación del local (contrato o escritura)

Cómo tramitar la licencia de peluquería / estética en Alicante/Alacant: paso a paso

  1. 1. Comprueba el inmueble en el Catastro y el uso urbanístico

    Verifica uso, superficie y año en la Sede Electrónica del Catastro y pide al Ayuntamiento de Alicante/Alacant el informe urbanístico previo.

  2. 2. Asegura la financiación y el pago único del paro

    Calcula la inversión mínima y recomendada, solicita la capitalización del paro al SEPE antes de darte de alta y revisa las ayudas autonómicas.

  3. 3. Firma el alquiler con cláusula resolutoria

    Incluye la resolución sin penalización y con devolución de fianzas si el ayuntamiento deniega la licencia por causas del inmueble.

  4. 4. Prepara la memoria técnica y la declaración responsable

    Memoria firmada por técnico competente y declaración responsable ante el ayuntamiento.

  5. 5. Ejecuta la obra con contratistas auditados

    Pide tres presupuestos, comprueba el CIF en registros públicos y no anticipes más del 15 %.

  6. 6. Realiza las altas (Hacienda, Seguridad Social, PRL, seguros)

    Modelo 036/037, alta en el RETA o constitución de SL, prevención de riesgos laborales, protección de datos y seguro de responsabilidad civil.

  7. 7. Abre y comunica el centro de trabajo

    Comunica la apertura del centro de trabajo en el plazo legal y mantén la documentación a mano para inspecciones.

Preguntas frecuentes

¿Qué licencia necesito para abrir peluquería / estética en Alicante/Alacant?

Para abrir peluquería / estética en Alicante/Alacant lo habitual es una declaración responsable de actividad ante el Ayuntamiento de Alicante/Alacant, con memoria técnica descriptiva: no requiere proyecto visado y permite abrir al presentarla, con comprobación posterior del ayuntamiento. La inversión orientativa va de 10.000 € a 79.900 € y el plazo habitual es de 6 a 10 semanas.

¿Necesito un ingeniero para la licencia de peluquería / estética en Alicante/Alacant?

Normalmente no: en actividades inocuas basta una memoria técnica descriptiva y una declaración responsable, que el titular puede presentar en la sede electrónica. Si la ordenanza municipal o la instalación (por ejemplo, la eléctrica) lo exigen, puede requerirse un técnico competente.

¿Cuánto cuesta legalizar peluquería / estética en Alicante/Alacant?

Los honorarios técnicos orientativos son de 400 € a 800 €. A eso se suman la tasa municipal (la fija la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Alicante/Alacant), el boletín del instalador eléctrico y, si hay obra, el ICIO. La inversión total del proyecto va de 10.000 € a 79.900 € según el punto de partida.

¿Cuánto tarda la licencia de apertura en Alicante/Alacant?

Una actividad inocua como peluquería / estética suele tardar entre 6 y 10 semanas, porque normalmente basta una declaración responsable con memoria técnica. Confirma con el Ayuntamiento de Alicante/Alacant si tu caso exige licencia previa.

¿Puedo abrir antes de tener la licencia?

Con declaración responsable puedes abrir desde su presentación, bajo tu responsabilidad y sujeto a la comprobación posterior del ayuntamiento.

¿Puedo capitalizar el paro para abrir mi negocio?

Sí, el pago único de la prestación por desempleo puede destinarse a la inversión inicial y a las cuotas de autónomo si cumples los requisitos; se solicita ANTES de darte de alta y con una memoria del proyecto.

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Fuentes normativas

  • Ley 12/2012, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios
  • Código Técnico de la Edificación (RD 314/2006): DB-SI Seguridad en caso de incendio y DB-SUA Accesibilidad
  • Reglamento electrotécnico para baja tensión (RD 842/2002)
  • Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, RITE (RD 1027/2007)
  • Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados
  • Ordenanzas municipales de actividades y fiscales del Ayuntamiento de Alicante/Alacant (consulta su sede electrónica)

Información orientativa elaborada de forma algorítmica a partir de normativa de referencia y parámetros medios del sector; no sustituye el asesoramiento técnico ni jurídico, ni es una publicación del Ayuntamiento de Alicante/Alacant. Las tasas y ordenanzas municipales deben consultarse en su sede electrónica.